En Estados Unidos una mujer de 36 años fue arrestada por videograbar cuando la policía estaba arrestando a un hombre en Baltimore. El video fue borrado por las autoridades en un intento de eliminar la evidencia de lo que pasó, pero éste fue recuperado porque el mismo se respaldaba en la nube al que estaba sincronizado el teléfono de Kianga Mwamba. He aquí el video:
La mujer presentó una denuncia y pide 7 millones de dólares por los abusos y daño que le causaron. La demanda ya está en la Corte norteamericana. Es evidente que el abuso policial se da en todas partes del planeta y el presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, ha dicho que su administración pondrá 75 millones de dólares para comprar cámaras que se colocan en los cuerpos de los policías para registrar así sus acciones, en un intento de evitar esta brutalidad, la cual parece ser más frecuente de lo que pensamos.
Otro famoso caso fue cuando Kasparov, probablemente el jugador de ajedrez más fuerte de todos los tiempos, fue detenido por la policía rusa a pesar de que él solamente estaba de espectador en el juicio que se les hizo a unas jóvenes cantantes del grupo Pussy Riot, que se metieron a una Iglesia en Moscú a entoncar canciones, algunas en contra de Putin.
Hoy en día casi cualquier teléfono tiene una cámara de varios megapixeles que permite grabar video incluso en HD. La realidad es qaue esta tecnología es asombrosa y permite ahora a cualquiera, documentar cualquier tipo de hechos que vea o que quiera videograbar. Puede ser, desde luego, la fiesta familiar o bien, el abuso que se da cuando la policía detiene a alguien por presuntamente haber cometido algún ilícito. Y digo presuntamente porque esto hay que demostrarlo.
La cuestión es si es legal o no grabar a los policías en sus acciones cotidianas en la calle. De acuerdo a la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 6 y 7. El sexto dice, en una fracción del mismo: «TODA PERSONA TIENE DERECHO AL LIBRE ACCESO A INFORMACION PLURAL Y OPORTUNA, ASI COMO A BUSCAR, RECIBIR Y DIFUNDIR INFORMACION E IDEAS DE TODA INDOLE POR CUALQUIER MEDIO DE EXPRESION. (ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013)».
El artículo séptimo es aún más claro: » ARTICULO 7. ES INVIOLABLE LA LIBERTAD DE DIFUNDIR OPINIONES, INFORMACION E IDEAS, A TRAVES DE CUALQUIER MEDIO. NO SE PUEDE RESTRINGIR ESTE DERECHO POR VIAS O MEDIOS INDIRECTOS, TALES COMO EL ABUSO DE CONTROLES OFICIALES O PARTICULARES, DE PAPEL PARA PERIODICOS, DE FRECUENCIAS RADIOELECTRICAS O DE ENSERES Y APARATOS USADOS EN LA DIFUSION DE INFORMACION O POR CUALESQUIERA OTROS MEDIOS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACION ENCAMINADOS A IMPEDIR LA TRANSMISION Y CIRCULACION DE IDEAS Y OPINIONES. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013)
NINGUNA LEY NI AUTORIDAD PUEDE ESTABLECER LA PREVIA CENSURA, NI COARTAR LA LIBERTAD DE DIFUSION, QUE NO TIENE MAS LIMITES QUE LOS PREVISTOS EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 6o. DE ESTA CONSTITUCION. EN NINGUN CASO PODRAN SECUESTRARSE LOS BIENES UTILIZADOS PARA LA DIFUSION DE INFORMACION, OPINIONES E IDEAS, COMO INSTRUMENTO DEL DELITO. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 11 DE JUNIO DE 2013) »
Por el momento es evidente que si en nuestro país llegan a quitarnos la cámara con la que grabamos (sincronizar el video a la nube no sería mala idea), la autoridad estaría cometiendo un delito. No esperen que una demanda civil contra estos malos policías les va a dar como en EEUU unos 7 millones de dólares (habría quizás que conformarse con que le regresen su dispositivo en condiciones de uso), pero bueno, este es un país en vías de desarrollo.
Referencias: