En México, se ha revivido la discusión de la legislación secundaria sobre telecomunicaciones y radiodifusión y aquí le damos seguimiento a este importante debate. Cabe recordar que los mismos legisladores se pusieron como fecha límite el pasado 9 de diciembre de 2013 y hoy es el día en el que seguimos esperando una discusión seria y de fondo en las Cámaras.
Si bien, la discusión -por lo poco que cuentan los involucrados a los principales medios del país- ha sido intensa, el debate no ha sido público sino a puerta cerrada y quién sabe en dónde. Esto se debe a que los legisladores prefieren no definirse abiertamente a favor o en contra de algún punto específico para no levantar suspicacias.
Y hablando de suspicacias, la semana pasada se publicó una llamada telefónica entre la Diputada Purificación Carpinteyro y un colega suyo de la iniciativa privada en la cual, la legisladora le proponía hacer un negocio al crear un operador móvil virtual con una fuerza de ventas tipo multinivel. Esta situación tiene muchas aristas pero solo comentaré las más importantes. La llamada fue obtenida de manera ilegal y podría apostar a que nadie será declarado culpable de espionaje, ya que la misma legisladora estuvo involucrada en otro incidente de espionaje telefónico a Luis Téllez, el entonces Secretario de Comunicaciones y Transportes en 2009, sin que le sucediera nada al espía. Segundo, el contenido de esa llamada es inaceptable para cualquier funcionario público. Y por último, el modelo de negocio que se le ocurrió no resulta innovador debido a que Unefon, al menos desde el mismo 2009, ya cuenta con un esquema multinivel similar para vender telefonía móvil.
Tampoco es la primera vez que dicen que ahora sí va la legislación secundaria en telecomunicaciones y radiodifusión. A finales de marzo de 2014, el Ejecutivo envió su propuesta de legislación secundaria al Congreso, y sin previa discusión, el Senador Javier Lozano intentó pero no consiguió aprobar de forma expedita la impopular iniciativa por su fuerte contenido de censura en medios digitales. Desde ese día, las declaraciones de todos los legisladores ha sido la misma: repudio a la censura y control de las redes. Sin embargo, aún no existe evidencia de que hayan sido eliminados por completo dichas iniciativas.
Y el tema más candente de esta semana se lo lleva la preponderancia por sector o por servicio. Debido a su elevado componente técnico me he dado a la tarea de elaborar un diagrama para entender qué es sector, qué es servicio y qué es tecnología.
Los sectores de las telecomunicaciones y la radiodifusión habían estado separados hasta que la convergencia tecnológica en la digitalización permitió proveer cualquier servicio en forma binaria (unos y ceros) por cualquier red. Esto quiere decir que podríamos ver televisión abierta en nuestro teléfono móvil o que podríamos recibir una llamada en nuestro televisor, por mencionar solo algunos.
Y el centro de la discusión radica en si se debe regular a los agentes económicos preponderantes de cada sector (telecomunicaciones y radiodifusión) o si se debe regular por servicio. El argumento más simple está en que los usuarios contratamos servicios, no sectores. Y las consecuencias son importantes. Si se regula por sectores, únicamente América Móvil, operador de Telmex y Telcel en México, resultaría preponderante en el sector de las telecomunicaciones por ser el que más usuarios tiene de telefonía móvil, telefonía fija e internet. En ese sentido, Televisa podría evitar ser preponderante en televisión restringida ya que sólo puede haber un operador preponderante por sector, y en radiodifusión, al agregar todas las estaciones de radio a nivel nacional también podría evitar ser declarado preponderante.
En cambio, si se regula por servicio, tanto América Móvil sería declarado preponderante en telefonía móvil, telefonía fija y acceso a internet; así como Televisa podría enfrentar la preponderancia en televisión de paga y televisión abierta. Lo anterior es medido por el número de usuarios y de audiencia que posee cada grupo comercial. Para algunos, se debe respetar la regulación de preponderancia por sector, ya que así está escrita la reforma constitucional; para otros debería ser por servicio; mientras que para algunos más, esa debería ser decisión del Instituto Federal de las Telecomunicaciones (IFT).
No se nos debe olvidar que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión no se hizo para afectar a los principales proveedores de servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, sino para que estas empresas dejen de afectar a los usuarios de estos servicios con elevados precios y baja calidad y velocidad de los mismos. En la práctica, la creación de la figura de preponderancia como un eufemismo para definir el poder sustancial de mercado de las empresas dominantes y monopolísticas responde a que ninguna autoridad ha podido frenar las prácticas anticompetitivas de los mayores poderes económicos y mediáticos de nuestro país. ¿Qué tan importante será una buena definición de la preponderancia?
NOTA: Y ni hablemos en regular por tecnología, ya que en el caso del Must Carry y Must Offer hasta hablan específicamente de la televisión satelital cuando lo importante es el servicio, no la tecnología que se utiliza para proveerlo.